mayo 25, 2024

Los empleados de Comercio recibieron en octubre un nuevo aumento salarial, correspondiente a la cuota de septiembre, y tendrán el próximo en diciembre. conduciendo el Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) acordó con la patronal un aumento del 59,5 por ciento, del cual se liquidó el 6 por ciento en abril; 6 de mayo y 6 de junio.

Además, en agosto se agregó 20,5 por ciento (10% correspondiente a dicho mes y 10,5% en enero), 10% en septiembre y queda por pagar 11% en noviembre.

Los pares mercantiles encabezados por su Secretario General, Armando Cavalieri, Consiguieron que el aumento del 10,5 por ciento correspondiente a enero de 2023 se aplicara en agosto, junto con el aumento del 10 por ciento que ya estaba previsto. De esta forma, la mejora para los trabajadores y trabajadoras fue del 20,5 por ciento.

En el reciente acuerdo, el gremio y los representantes de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA) también acordaron que se volverán a reunir en enero del próximo año. . , teniendo en cuenta que en esa fecha se pagará en su totalidad la paridad que va de abril de este año a marzo próximo, con un incremento del total del 59.5 por ciento ya mencionado.

Categorías y salarios

Los salarios a cobrar en octubre, y que percibirán los primeros días de noviembre, según cada categoría, son los siguientes:

Maestría y servicio

Categoría A: $129.475,14

Categoría B: $129.849,90

Categoría C: $131.162,99

Administrativo

Categoría A: $130.881,84

Categoría B: $131.445,01

Categoría C: $132.007,74

Categoría D: $133.696,45

Categoría E: $135.103,27

Categoría F: $137.167,13

cajeros automáticos

Categoría A: $131.350,72

Categoría B: $132.007,70

Categoría C: $132,852.02

personal auxiliar

Categoría A: $131.350,72

Categoría B: $132.288,83

Categoría C: $135.384,73

Personal auxiliar especializado

Categoría A: $132.476,93

Categoría B: $134.165,29

vendedores

Categoría A: $131.350,72

Categoría B: $134.165,64

Categoría C: $135.103,27

Categoría D: $137.167,13

A estas categorías se suman las de conductor y ayudante de conductor, adicionales para montaje de lunas y regímenes especiales. La antigüedad es del 1% por año trabajado y debe aplicarse a las nuevas cifras retributivas. En cuanto al presentismo, las cifras de remuneración deben ser aumentadas con el subsidio complementario establecido por el artículo 40 del convenio colectivo 130/75.


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