mayo 19, 2024

Por su parte, en relación con las técnicas especiales de investigación previstas por la Ley de Inteligencia, que fue aprobada a finales de diciembre de 2023, el nuevo Código establece que deberán ser solicitadas al juez.

Al respecto, Scarpin expresó: «Las nuevas medidas especiales son: el agente encubierto, el agente revelador, el informante y la entrega vigilada. A partir de esta incorporación, las pruebas recabadas por estas nuevas figuras son válidas y pueden ser utilizadas, por ejemplo, en delitos relacionados con el narcotráfico».

Asimismo, otra transformación que destaca es el papel otorgado a la querellante En las audiencias imputativa, quien pueda participar, ser oído, hacer preguntas al imputado y dirigirse o solicitar al Tribunal.

En este contexto, con base en las reformas realizadas al Código Procesal Penal, los juicios abreviados podrán solicitarse en cualquier momento de la investigación penal preparatoria. «Esta solicitud debe ser conjunta entre el fiscal y el imputado con su defensa, y en el caso en que la víctima se haya convertido en querellante, deberá expresar su conformidad con esta solicitud», concluyó Scarpin.

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"El nuevo Código Procesal Penal es clave para la lucha contra la inseguridad y el narcotráfico"afirmó Scarpin.

«El nuevo Código Procesal Penal es clave para la lucha contra la inseguridad y el tráfico de drogas», afirmó Scarpin.

Críticas a las reformas de Maximiliano Pullaro

El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) fue el impulsor del cambio del sistema inquisitivo al acusacional. Actualmente critica las correcciones impulsadas por Pullaro. «El mismo gobierno provincial que exige la implementación en la Justicia federal de Rosario de un Código Procesal Penal Federal que establezca plena oralidad y plazos cortos para agilizar la justicia; promueve a nivel provincial una reforma en sentido exactamente opuesto», afirmaron desde el sector.

Según el Inecip «Los puntos más problemáticos del proyecto del gobierno provincial son dos: la redacción de la investigación, la eliminación de audiencias y la ampliación de los plazos para el control judicial de las detenciones. No es casualidad que ni siquiera el Ministerio Público se haya manifestado». favorable a un proyecto que, supuestamente, facilita su actividad».

«El proyecto busca limitar la oralidad en la investigación, eliminando la audiencia para formalizar acusaciones (art. 274) y las audiencias en las que ‘no existan controversias’ (art. 127)», agregó la ONG.

El segundo reproche apunta a la ampliación de los plazos de revisión judicial de las detenciones, «lo que favorecerá la ineficiencia». La cosa es «El número de personas privadas de libertad en Santa Fe se ha duplicado en la última década. De más está decir que la inseguridad, lejos de resolverse, sólo empeoró. El problema no es la «cantidad» de detenidos, sino la «calidad». No se trata de «cuántos», sino de «quiénes».

Para el Inecip «la política de detención masiva de los eslabones más bajos de la cadena criminal ya ha demostrado su fracaso. Profundizar esta política es profundizar el error. Reducir el control judicial sobre las detenciones, ampliando ese plazo a más de 30 días para casos complejos ‘ y 8 días para los casos ‘comunes’ (art. 214) promueve el abuso del poder policial, respalda el uso arbitrario y eventualmente corrupto de las detenciones y desalienta la realización de investigaciones complejas.

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