Según los medios No habría, por ahora, cambios en los dos subregímenes puerta a puerta para envíos pequeños y Correo Argentino.
Para puerta a puerta»Sólo pueden operar las personas físicas que requieran el ingreso de mercancías cuyo valor de compra (costo de la mercancía, más seguro, más flete) no supere los US$ 3000. La mercancía tiene un límite de 20 kilogramos por bulto, debe ser para uso personal, y su tipo y cantidad no deben presumir un fin comercial.señala la AFIP en su sitio web.
No hay cambios por ahora
“Tus primeros 12 envíos disfrutarán de un deducible de US$50 cada uno. Si el valor de la compra (costo de la mercancía más seguro, más flete) es igual o menor, no tendrás que pagar ningún impuesto. En caso contrario se pagará un impuesto equivalente al 50% del excedente de la mencionada franquicia. Una vez agotado el cupo franquiciado se abonará el 50% del total de la compra.»añade la distribución oficial.
Hay más novedades. Desde 2018, cada vez que viajabas al exterior podías regresar al país con un celular y una notebook o tablet por persona adquirido en el exterior, sin pagar aranceles.
La franquicia indicó que después de comprar US$500, había que pagar el 50% del exceso en impuestos. En la ley ómnibus enviada al Congreso se elimina el pago de estos impuestos y también se deja atrás la obligación de llenar formularios para el viajero.
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