mayo 17, 2024

Después de que varios proyectos de ley sobre criptomonedas quedaran «atascados» en el Congreso, el La ONG Bitcoin Argentina lanzó su propuesta en Labitconfla conferencia más antigua del mundo sobre estos activos celebrada en Buenos Aires con cobertura de iProUP.

Durante un panel compuesto por miembros de la industria y reguladores, Ricardo Mihura Estrada, presidente de la entidad y abogado, presentó el proyecto de “ley Bitcoin” que marca la pauta para la regulación moderna para consideración de los legisladores.

Ley Bitcoin: lo que establece la propuesta

En primer lugar, el anteproyecto propone una definición legal de criptoactivocomo «representación digital de un valor almacenado en un protocolo de tecnología de servicio distribuido o similar, asegurado mediante criptografía”. Así, distinguimos dos tipos:

  • Descentralizado: desarrollado en código abierto y tiene una emisión, distribución y validación independiente de los miembros de una comunidad
  • Centralizado: aquel que no respeta lo anterior

Pero lo más “revolucionario” de este enfoque es que los criptoactivos descentralizados (como Bitcoin y Ethereum, por ejemplo) tienen la Tratamiento de la moneda de curso no legal..

De esta manera, no los consideres como un valor negociable (como una acción), pero equipara su tratamiento al del dólar u otra moneda extranjera. Así, el proyecto establece que se pueden utilizar en contratos bancarios, ventas o alquileresetc.

Este este punto contradice la reforma fiscal de 2017, que estipula la aplicación del impuesto sobre la renta al vender criptomonedas sobre la diferencia entre los precios de compra y venta.

Así, el proyecto establece que las diferencias de cambio están exentas para personas físicas y sucesiones indivisas, ya que el principal caso de uso de estos activos es el ahorro contra la devaluación. Además contradice las regulaciones del Banco Central que prohíbe a las entidades financieras y fintech ofrecer servicios basados ​​en monedas digitales.

En cambio, el criptoactivos centralizados (dirigido por empresas) sí, pueden ser valores considerados si cumplen una de las siguientes condiciones:

  • ser ofrecido como instrumentos de inversión: se refiere a la forma de colocación y propósito
  • sean emitido para representar obligaciones financieras: por ejemplo, prometen ganancias en el futuro

Así, las monedas digitales incluidas en este grupo serán cubiertos por la Ley del Mercado de Capitales.

Bitcoin: que está pasando con los intercambios

Él el proyecto no prevé una autoridad de ejecuciónya que considera que es poder del poder ejecutivo. Además, dependerá de las características del criptoactivo: estará bajo la órbita del Comisión Nacional de Valor si se considera un título o una BEsquina central o el Secretario de Comercio si se identifica como moneda.

Lo que propone es la creación de la figura de Proveedores de servicioya regulado en otros países, con una Licencia “permisiva” para empresas que ofrecen:

  • Intercambio entre monedas digitales y fiduciarias
  • Custodia de criptoactivos
  • Presencia comercial en el país.

Además, estas empresas deben garantizar la verificación, protección y aislamiento de los activos activos, ya que la ley ofrecerá a los usuarios protección completa en sus depósitos. También se aplicarán las normas contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

El proyecto también prevé una licencias simplificadas para empresas criptográficas que se crean en el país, con el objetivo de promover el talento de clase mundial que existe en la Argentina y no asfixiarla con obligaciones onerosas.

Por otra parte, el texto no requiere que las empresas se unan a este registroya que la naturaleza de la criptoeconomía es operar más allá de los gobiernos y ni siquiera las grandes potencias han podido controlar.

En todos los casos, si se cometen estafas u otros delitos, el proyecto permite La justicia argentina interviene más allá del rechazo de competencia habitualmente exigido por las empresas globales.

Ley Bitcoin: la base de la regulación

La regulación propuesta por la ONG Bitcoin Argentina se basa en tres pilarescomo se indica iProUP Mihura Estrada:

  • «Reconocer la Derecho a operar y desarrollarse libremente en el mundo descentralizado.. «Es inaceptable prohibir que alguien use o extraiga Bitcoin».
  • “Ofrecer un Alcance de la contención para operadores centralizados y emisores centralizados de criptoactivos que opten por adaptarse a exigencias razonables de integridad, transparencia y solvencia”
  • «Proporcionar herramientas legales a quienes son defraudados por culpa o fraude de operadores o emisores centralizados, a reclamar una indemnización a todos aquellos que intervienen interesadamente en los procesos comerciales de colocación y venta de mierdas y servicios de cambio y a los custodios deshonestos»

El proyecto regulatorio propuesto por la ONG Bitcoin Argentina no sólo corresponde a lo que pide la comunidad…

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