junio 15, 2024

Casi dos años después de la entrada en vigor de la nueva ley de alcoholel Gobierno anunció la reglamento que regula las advertencias y etiquetas que deben llevar estas bebidas, así como su publicidadque estarán prohibidos en medios destinados a menores y en actividades e indumentaria deportivas.

La normativa, publicada el pasado viernes 7 de julio en el diario oficial (revisa el documento), “regula distintos elementos respecto a las bebidas alcohólicas, por un lado la información que se encuentra en la etiqueta, y también restricciones y prohibiciones en su publicidad”, explicó el Subsecretaria de Salud Pública, Andrea Albagli.

«Esto porque El consumo de alcohol tiene impactos negativos en la salud de las personas, y también económicos: le cuesta 1,4 billones de pesos al sector saluden costos directos e indirectos», sostuvo, señalando que por la misma razón «es importante regular el consumo de alcohol, y una de las medidas costo-efectivas es regular la publicidad y brindar información a las personas, como lo hizo la ley de etiquetado nutricional de alimento».

De acuerdo con la normativa, todas las bebidas alcohólicas, entendidas como todas aquellas con una graduación alcohólica igual o superior a 0,5°, deben llevar en el envase que lo contenga “una advertencia clara, precisa, visible y de fácil lectura sobre las consecuencias de su consumo nocivo”así como en cajas o embalajes de carácter promocional destinados al consumidor.

Deberán exhibir, impresa o pegada, una etiqueta en blanco y negro con tres advertencias, enfocada a automovilistas, mujeres embarazadas y menores de edad, y la leyenda: «El uso nocivo del alcohol daña tu salud».

La etiqueta no puede cubrir menos del 15% de la superficie de la etiqueta frontal o trasera del respectivo envase, caja o embalaje; y, sin embargo, no podrá tener una dimensión inferior a 6,2 centímetros de ancho y 3,5 centímetros de alto, y “Debe estar siempre a la vista en todos los puntos de venta”.

Mientras tanto en cualquier acción gráfica o publicitaria que se difunda a través de los medios escritos o carteles o anuncios de toda clase, ya sean físicos o virtuales, incluidos los disponibles en los puntos de venta”, deberá incluirse un recuadro que contenga la palabra “ADVERTENCIA”, y una de las siguientes frases:

  • i) Todo consumo de alcohol es perjudicial durante el embarazo.
  • ii) Cualquier consumo de alcohol limita la capacidad de conducir.
  • iii) Queda prohibido el consumo de alcohol en menores de 18 años.
  • iv) El uso nocivo del alcohol perjudica su salud.

El anuncios en medios audiovisuales y radiofónicos deberán proyectar un recuadro y tocar, respectivamente, la misma frase, por un tiempo no menor a 3 segundos.

En una disposición similar a la ley de etiquetado de alimentos, en bebidas alcohólicas será necesario informar «el valor energético o energía expresada en calorías, cuya unidad de medida deberá expresarse en kilocalorías».

Todas estas medidas entrarán en vigor un año después de la publicación del reglamento.

«EL ALCOHOL ES DAÑINO EN PEQUEÑAS CANTIDADES»

Él Dr. Francisco Ibarra, Jefe de Medicina Preventiva de la Clínica Alemanaexpuso que «el alcohol no hace falta beberlo constantemente para que haga daño».

«A partir de pequeñas cantidades es perjudicial.es capaz de generar un estado de inflamación, que finalmente altera el metabolismo, eleva la glucosa, los triglicéridos y el ácido úrico, por lo que aumenta la riesgo de enfermedad cardiovascularparticularmente infartos cardíacos y cerebrales», explicó.

«Por otro lado -advirtió-, la misma alteración en el metabolismo del azúcar hace que el hígado se vuelva graso e inflamado, y puede terminar en una cirrosis hepática y en la necesidad de un trasplante. Altera el sueño, y así también». aumenta el riesgo de enfermedades neurodegenerativas y enfermedades cardiovasculares, y es que el alcohol altamente cancerígeno«.

PROHIBICIÓN DE PUBLICIDAD EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS E INDUMENTARIA

El reglamento también establece la prohibición «de cualquier forma de publicidad, comercial o no comercial, directa o indirecta, de bebidas alcohólicas por cualquier medio que se realice, tales como envases de productos, medios informáticos y no informáticos, o cualquier actividad o publicación, destinada exclusivamente a edad de los menores».

“En todo caso, no se podrá inducir a los menores a consumir bebidas alcohólicas, ni utilizar medios que se aprovechen de su credulidad”, añade.

En cuanto a los horarios, la publicidad televisiva sólo podrá realizarse entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana; En los medios radiales no se podrán emitir anuncios de bebidas alcohólicas entre las 4 y las 6 de la tarde.

También está prohibido»cualquier forma de publicidad comercial o no comercial, directa o indirecta, de bebidas alcohólicas en actividades…

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