abril 26, 2024

El Pleno de la Comisión Pericial aprobó otros cuatro capítulos del proyecto de este lunes, incluido el apartado 8 relativo al Tribunal Constitucional, del que control preventivo sustantivo de normas tramitadas por el Congreso.

En torno a esta facultad de la Corte Constitucional se desarrolló un intenso debate, que actualmente revisa que antes de su promulgación, las leyes no tienen vicios de constitucionalidad ni en la forma ni en el fondo.

Finalmente, se mantiene el primer concepto pero se elimina el sustantivo, porque para algunos comisionados del oficialismo, transforma al TC en una tercera cámara. La derecha intentó sin éxito revocar este aspecto a través de una enmienda que cayó en el Pleno.

Por el representante de la UDI Hernán Larraín«la exclusión del control de fondo es un error», y llamó a sus compañeros a «no esconderse en fantasmas: la realidad es que Cuando hay un legislador abusivo, el control es una defensasalvaguarda de nuestra democracia».

“La consecuencia de la falta de este tipo de control es dar viabilidad jurídica a normas que tienen vicios de inconstitucionalidad, y que pueden vulnerar los derechos de las personas, pero que son subsanables si se realizan en tiempo y forma”, por lo que a su juicio , al quitarlo “Nuestro Estado democrático de derecho está debilitado”y en este sentido, “confío en que en la futura tramitación del proyecto se podrá corregir”.

Los comisionados también refrendaron el Capítulo 6 de Gobierno y Administración Regional y Local, y el Capítulo 9 del Ministerio Público, donde se crea el Servicio de Acceso a la Justicia y la Defensoría de las Víctimascon el fin de promover el acceso a la defensa, representación legal especializada y asistencia en el campo psicológico y social.

SEPARACIÓN DE FUNCIONES JUDICIALES

Asimismo, se aprobó el Capítulo 7 del Poder Judicial, que contempla la separación de las funciones jurisdiccionales de las no jurisdiccionalesalgo que fue impulsado transversalmente, incluso por la Corte Suprema y el propio Poder Judicial.

Se acordó materializar lo anterior creando cuatro organismos autónomosresponsable de: el nombramiento de sus miembros, el ejercicio de las facultades disciplinarias, la formación y perfeccionamiento de los jueces y funcionarios, y la dirección y administración del Poder Judicial.

“Es una innovación copernicana en la historia del Poder Judicial chileno (que) ha sido reclamado durante mucho tiempo«, estresado Larraínrecordando que algunos propusieron resolver el asunto creando -en su lugar- el Consejo de Justicia, pero dijeron que la idea «en otros países ha sido un fracaso».

En esos casos, «se ha politizado, sindicalizado, burocratizado y preferimos este camino (…) Nos parece una solución muy razonable, muy original y muy audaz».

Llamó la atención que a pesar del acuerdo transversal en torno a la propuesta, su homólogo del PS Flavio Quezada se abstuvo de la mayoría de los artículos de esta sección, y votar en contra de otras.

“Hay varias normas que me parecen un tanto toscas técnicamente en su redacción, y creo que en el contexto de la discusión constitucional chilena es un capítulo desequilibrado, pues ha prevalecido una visión muy marcada. Me parece, en definitiva, a propuesta muy conservadora«, afirmó en su discurso.

Específicamente en cuanto a la división del trabajo, afirmó que “la referencia a casos de derecho extranjero ha sido descontextualizada y teñida de temores que surgieron en medio de discusiones un tanto turbias y ajenas al rigor intelectual y técnico que nos corresponde Por lo mismo, no me convence la estructura institucional que se propone, y por integridad intelectual no podré sostenerla”.

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