mayo 18, 2024

El Cuarto Juzgado de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenado el sargento primero de Carabineros César Orellana Ortiz a tres años y un día de prisión, con el beneficio de libertad condicional intensiva, por haber disparado y causado un trauma craneal a un manifestante el 18 de noviembre de 2019en pleno estallido social en Santiago.

El uniformado, con 28 años en la institución y que laboraba en la Comisaría 40 de Fuerzas Especiales desde el 1 de septiembre de 2009, fue declarado culpable como autor del crimen frustrado de homicidio, por decisión unánime de primera instancia dictada por el tribunal –constituido por los magistrados paulina sariego (Presidenta), Alejandra Cuadra y María García (editores).

En el juicio se acreditó que el sargento primero, “el 18 de noviembre de 2019, estando de servicio en la Sección 21 (…), alrededor de las 19:00 horas, Recibió la orden de dirigirse con su grupo al baldío ubicado en el costado occidental de la calle Vicuña Mackenna, entre el Museo Violeta Parra y la embajada argentina, ingresando por la calle Ramón Corvalán..

Minutos después, “alrededor de las 19:04 horas, agredió a un grupo de manifestantes, lo que provocó que se dieran a la fuga, dejando en el lugar a Vicente Hernández Silva”, la víctima.

En ese momento, Orellana Ortiz, quien portaba una carabina lanza gas, “La utilizó en 90 grados y disparó un tiro directo a un grupo de personas”, impactando al joven “en el cráneo, quien cayó al suelo convulsionando, y fue trasladado por los manifestantes al Hospital de Emergencias Asistencia Pública (antiguo Centro Oficina de correos). ) con traumatismo craneoencefálico.

Según el diagnóstico médico presentó “colapso parietal izquierdo con contusión hemorrágica subyacente, fractura con colapso parieto-occipital izquierdo, traumatismo craneoencefálico complicado, por lo que se tuvo que realizar una esquirlectomía, evolucionando con afasia, requiriendo neurohabilitación, lesiones graves secundarias a contusión traumatismos, que habrían sido fatales de no haber sido brindada la atención médica oportuna y eficaz”, dice la sentencia.

La carabina lanzadora de gas se usa para disparar gas lacrimógeno desde una distancia que está contenida dentro de una cápsula.

EXCUSAS DESACREDITADAS

El tribunal, por mayoría de votos, reconoció la circunstancia atenuante de haber colaborado con el esclarecimiento de los hechosademás de la anterior conducta intachable.

Sin embargo, la jueza María García, redactora de la sentencia, consideró que no existía el atenuante de colaboración porque no bastaba con que hubiera prestado declaración en juicio, pues también ofreció declaraciones que fueron desacreditadas durante la investigación y también en el juicio. .

En su testimonio, “más allá de estar en el lugar del hecho el día y a la hora de los hechos, en el meollo y lo relevante a desentrañar, Dio una versión que no se ajustaba a lo que se comprobó que había sucedido, indicando que su intención era disparar hacia arriba a 45 grados.pero que, por la irregularidad del terreno, este tiro fue directo a las personas, porque también habría recibido una piedra en los testículos”.

«Sin embargo, dijo tropiezo nunca ocurrió, como se puede ver en la evidencia proporcionada; y si hubo una lesión, que de otro modo También dijo que fue provocado cuando salía del lugar, esto no fue probado”continuó el magistrado.

Además, «también rindió declaración a la Policía de Investigaciones de Chile, acompañado de sus abogados, y ahí añadió una nueva excusa para justificar su actuación y fue que las luces láser que usaban los manifestantes lo cegaron en el momento del disparo. Todas versiones exculpatorias que fueron desacreditadas durante la investigación y también durante el juicio”, agregó.

El tribunal también impuso las penas accesorias de ley de inhabilitación absoluta perpetua para los derechos políticos y también la inhabilitación para cargos y cargos públicos durante el tiempo de su condena.

Una vez ejecutada la sentencia, el juzgado instruyó que a Orellana se le tomen muestras biológicas para obtener su huella genética e incorporarla al registro nacional de ADN de condenados.


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