Él Bono Niño Es un beneficio que aumenta el monto de la pensión de la mujer a través de un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado. Es importante señalar que este bono no se paga en el momento del nacimiento, sino que se suma a la pensión.
Si te encuentras con el requisitos, la bonificación se calcula como el 10% de los 18 ingresos mínimos mensuales, tomando como referencia el valor de los ingresos mínimos vigentes a la fecha de nacimiento del hijo. Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se utilizará el ingreso mínimo de ese año ($165,000), y si el hijo nació después de esa fecha, se utilizará el monto vigente en el mes de nacimiento.
En el caso de los hijos adoptados, el beneficio de la Bono Niño se genera tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva. En el caso de mujeres afiliadas a una AFP, el bono se pagará junto con la pensión hasta agotar su monto total.
Para acceder a este beneficio se debe cumplir con lo siguiente: requisitos:
- Ser madre afiliada a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y haber obtenido la pensión a partir del 1 de julio de 2009.
- Ser beneficiario de la Pensión Universal Garantizada (PGU).
- Tener 65 años de edad o más.
- Haber residido en Chile por un período de 20 años, en forma continua o discontinua, contados a partir de los 20 años.
- Haber residido en Chile al menos 4 años en los últimos 5 años anteriores a la solicitud del bono.
Para aquellos beneficiarios de una PGU o de una Pensión de Sobrevivencia con derecho a un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), otorgado por una AFP, una compañía de seguros o el Instituto de Seguridad Social (IPS), el Bono Niño Se pagará junto con la pensión vitalicia.