mayo 4, 2024

El megaproyecto de ley enviado por el gobierno de Javier Milei al Congreso incluye un nuevo lavado de activos. Está previsto en tres etapas.

La nueva «externalización» está relacionada con el nuevo régimen de Bienes Personales, que prevé pagos anticipados durante cinco años sobre los activos circulantes.

El pago anticipado de Bienes Personales se realiza a una tasa reducida del 0,75% anual. Esta tarifa se pagará con base en la declaración jurada vigente. Y no será obligatorio para el contribuyente presentar una declaración jurada durante los próximos cuatro años.

El proyecto garantiza a quien lave activos estabilidad fiscal hasta 2039, lo que implica que ningún próximo gobierno podrá cobrar una tasa superior a la última fijada, que es del 0,5% hasta 2027.

El nuevo proyecto de blanqueo sostiene que podrán incorporarse las personas humanas, sucesiones indivisas y sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que sean residentes fiscales argentinos al 31 de diciembre de 2023, estén o no registrados como contribuyentes. ante la Afip.

También podrán adherirse no residentes siempre que no califiquen como residentes fiscales argentinos conforme a la Ley del Impuesto a la Renta. También podrán incorporarse como sujetos residentes quienes eran residentes fiscales antes del 31 de diciembre de 2023 pero perdieron su condición. En ese caso, se considerará que estos sujetos han readquirido la residencia fiscal en el país.

El proyecto prevé que el blanqueo se prorrogará, una vez aprobada la ley, hasta el 30 de noviembre de 2024.

Las tres etapas

Habrá tres etapas de adhesión al régimen de blanqueo de capitales, que establezco con diferentes tipos. El gobierno aclaró que todos los fondos que ingresen al sistema financiero argentino pagarán cero pesos, independientemente del monto.

Sólo los montos superiores a $100.000 pagarán multa si son retirados del sistema bancario antes de 2026, siempre y cuando no se utilicen para actividades productivas, las cuales serán definidas en el reglamento. Esas actividades podrían incluir la compra de bienes raíces.

La multa será del 5, 10 o 15%, dependiendo de si la divulgación de los fondos se produjo en la primera etapa (hasta finales de marzo), segunda etapa (finales de junio) o tercera etapa (finales de septiembre).

En el Nivel 1, el pago anticipado podrá adherirse y realizarse a partir del día siguiente de la entrada en vigencia de las normas respectivas emitidas por la Afip y hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive. La tasa es del 5% en ese caso y el pago del impuesto deberá realizarse hasta el 31 de mayo de 2024.

El Etapa 2 estaría vigente desde el 1 de abril de 2024 hasta el 30 de junio de 2024. La tasa es del 10% y el pago deberá realizarse hasta el 31 de agosto de 2024.

En el tercero 3, el tipo sube al 15%. El plazo para adherirse y pagar el anticipo está previsto del 1 de julio de 2024 al 30 de septiembre de 2024. El plazo para el pago del impuesto está fijado para el 30 de noviembre de 2024.

A este impuesto se le deberá agregar un interés compensatorio equivalente al 125% de la tasa de interés que aplica el Banco Nación para plazos fijos de 30 días por el período transcurrido entre la fecha de regularización y la fecha de pago efectivo.

El lavado incluye como activos moneda nacional o extranjera, ya sea en efectivo o depositados en cuentas bancarias o cualquier otro tipo de entidades residentes en la Argentina, bienes inmuebles, acciones de empresas, valores -bonos, acciones, obligaciones negociables, etc.-, otros activos. muebles, créditos, derechos y activos intangibles, entre otros. En el caso de los activos en el exterior, también incluye las criptomonedas.

¿Qué activos no se pueden blanquear?

Las monedas o valores que se encuentren en países identificados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) como de Alto Riesgo o No Cooperativos o que, siendo en efectivo, estén ubicados físicamente en jurisdicciones o países identificados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) no pueden ser regularizados (GAFI) como de Alto Riesgo o No Cooperativos.

Entre las personas exceptuadas, el proyecto incluyó: funcionarios públicos, incluidos aquellos que al 30 de noviembre de 2023 hayan sido presidente y vicepresidente de la Nación, gobernador, vicegobernador, jefe o vicejefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o alcalde municipal; senador o nacional, provincial o diputado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o concejal municipal, o parlamentario del Mercosur; magistrados del poder judicial, ministerio público, defensor del pueblo. Ministros, secretarios y subsecretarios nacionales, provinciales o municipales (incluida la Ciudad de Buenos Aires).

Agrega también interventor federal, provincial o municipal, síndico general de la Nación, síndico general adjunto de la Auditoría General, presidente o interventor general de la Auditoría General; miembro del Consejo de la Magistratura o del jurado de primera instancia; embajadores, cónsules o funcionarios en misión oficial permanente en el exterior.

Por otra parte, incluye al personal de las fuerzas armadas, de la Policía Federal Argentina, de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, de la Gendarmería Nacional, de la Prefectura Naval Argentina o del Servicio Penitenciario Federal, con rango no menor a coronel o equivalente, personal de la Policía provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con categoría no inferior a la de Comisario, o personal de categoría inferior, a cargo de la Comisaría; rector, decano o secretario de universidades nacionales, provinciales, municipales, entre otros.

Los familiares tampoco podrán participar en el blanqueo de capitales. «Quedan excluidos de las disposiciones del Régimen de Regularización de Bienes los cónyuges, ascendientes y descendientes de los sujetos afectados. También los ex socios…

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